domingo, 25 de mayo de 2014

En Nueva York y Texas, buscan elevar la edad de imputabilidad para llevarla otra vez a 18 años.

Otro fracaso: el mundo revisa la baja en la edad de imputabilidad
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Fabiana Goyeneche, integrante de la Comisión Nacional de No a la Baja, explicó a LA REPÚBLICA que a nivel internacional existe una revisión en varios países que aprobaron leyes para bajar la edad de imputabilidad penal porque comprobaron que esta medida no sirve para disminuir la delincuencia.
Señaló por ejemplo que en Nueva York existe toda una movida para elevar la edad de imputabilidad, llevándola nuevamente a 18 años. Una situación similar está ocurriendo en el Estado de Texas.
En Chile, donde se impuso un sistema penal juvenil más severo que el uruguayo, también hay planteos que llevan a la flexibilización.
Goyeneche explica que de todos estos casos, se desprende que la baja de la edad de imputabilidad penal y el aumento de pena no reduce el delito; sino que tiene más jóvenes presos, y no ayuda a su reinserción.
Dijo que en Nueva York, “las mismas personas que impulsaron la baja de edad ahora están haciendo lo contrario, desarrollando una campaña para elevar la edad penal, porque se considera que el actual sistema no otorga resultados y es totalmente injusto.
La tendencia en Europa es disminuir las medidas de privación de libertad por otras de carácter reparativas y sustitutivas.
Federico Barreto, otro integrante de la Comisión Nacional No a la Baja, dijo que “hace tiempo que queremos compartir con la sociedad uruguaya la experiencia en Nueva York donde se desarrollaron medidas de baja de edad de imputabilidad, pero que no tuvieron un efecto positivo en los índices delictivos. Lo que se está haciendo allí es trabajar para elevar nuevamente la edad de imputabilidad porque están arrepentidos por lo hecho”, explicó.
Señaló que en estos países, la baja de edad, en vez de generar seguridad en la población, profundizó la violencia social y la sensación de inseguridad. “La aplicación de esta medida en otras partes resultó un fracaso profundo”, dijo.
El 25 de mayo se realizará una movida en el Velódromo municipal con la participación de una serie de grupos musicales de distintos géneros, a favor de la campaña del No a la Baja.
Enfatizó que desarrollar esta campaña hasta octubre demandará recursos materiales pero también otros de los más alternativos. “No contamos con ningún tipo de militante rentado, salvo una persona que trabaja en la secretaría. El resto lo hace de forma militante”, acotó.
En el caso de Nueva York, su gobernador, Andrew Cuomo, a mediados de abril nombró una comisión para analizar si los adolescentes deben ser juzgados en tribunales para adultos. En 2013, más de 30 mil jóvenes de 16 y 17 años fueron juzgados en tribunales para adultos.
Cuomo describió el complejo penitenciario de Estados Unidos como un sistema de desechos humanos. En tal sentido propuso una reforma inmediata a las leyes para el tratamiento de presuntos delincuentes menores de 18 años.
“No es justo, no es justo, hay que aumentar la edad. Vamos a hacerlo este año. Nuestras leyes de justicia juvenil son obsoletas”, argumentó, señalando que Nueva York y Carolina del Norte son los dos únicos estados en la nación que se ocupan de casos que involucran a adolescentes más jóvenes en un tribunal de adultos.
Justicia restaurativa
Por su parte, el Consejo de Justicia Juvenil de Inglaterra y Gales se expresó en que la Justicia de Menores se compone de una mezcla surgida de una serie de presiones, como el cumplimiento de obligaciones de los tratados internacionales, las opiniones de los profesionales, los pánicos morales influidos por los medios de comunicación y por los políticos.
No obstante aclara que el crecimiento en la justicia restaurativa es una de las tendencias más fuertes en materia de justicia juvenil en los últimos años. Señala que se adoptan medidas generalizadas de mediación y la reparación, de acuerdo a los casos.
Sostiene que es una cuestión a determinar en qué medida los “jóvenes delincuentes” son tratados como “jóvenes” y que por lo tanto requieren protección o intervenciones especiales.
Los casos europeos
En Europa, la resolución judicial ante casos de delitos cometidos por menores tiene distintos procedimientos de acuerdo al país. Por ejemplo, en España se aplica el sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación o el cumplimiento de la medida por conciliación con la víctima.
En Francia, la reparación y mediación penal resuelta por el juez. En Inglaterra, el desistimiento en la incoación del expediente y la orden de reparación. En Irlanda, la orden de compensación; en Portugal, la suspensión del proceso fiscal, y una medida tutelar educativa, así como la reparación a la víctima y tareas en beneficio de la comunidad. En Suecia, la reparación a la víctima y tareas en beneficio de la comunidad.
Texas y España
Por su parte, la Comisión de No a la Baja citó como ejemplo el resultado de la investigación académica realizada por la Universidad de Texas. La misma se originó por el caso de un niño de 12 años de edad que había matado a sus abuelos y que había sido juzgado como un adulto a una sentencia mínima obligatoria de 30 años por parte de la Suprema Corte de Carolina del Sur.
Esta investigación se consideraba clave para la preparación de los documentos legales del caso. Los académicos enfatizaron que esta investigación pretende demostrar que los preadolescentes son capaces de rehabilitación y que esa posibilidad se les niega debido a la imposición de largas sentencias obligatorias sin posibilidad de libertad condicional.
“Este hecho debería hacer reflexionar a incluso el más duro de los legisladores”, señala la informe.
La Universidad de Texas asegura que el sistema de justicia de menores está diseñado para satisfacer las necesidades emocionales, educativas y de tratamiento de la población joven. Aclaró que este sistema se contrasta con el sistema penal de adultos.
“Las investigaciones muestran que en la práctica la transferencia de menores a una corte de adulto no solo pone a estos niños a un gran riesgo físico sino que también compromete la seguridad pública”, indicó el informe.
Por su parte, el profesor de Derecho Penal y Criminología de España, Carlos Vázquez González, elaboró un estudio en el que concluye que prácticamente todos los países europeos han modificado su legislación penal juvenil para adecuarla a las recomendaciones de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa.
El experto sostiene que en Europa hay una mayor vigencia de los principios de intervención mínima, donde el Derecho Penal Juvenil intervenga principalmente en aquellos casos de cierta gravedad, otorgando amplias posibilidades al juez, e incluso al Ministerio Fiscal y a la Policía para archivar las actuaciones y no continuar con el Proceso. Así también se propone favorecer el papel de la mediación y la conciliación-reparación entre el autor y la víctima, como una forma penal o extrapenal de terminación del conflicto, y la utilización de sanciones privativas de libertad únicamente en aquellos casos en que sea estrictamente necesario.

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